EMPAS socializa El Manual Para el Cálculo de Alcantarillado
Funcionarios de EMPAS asistieron a la socialización de la Guía Para el Cálculo de Alcantarillado, que consistió en dar a conocer la integración de la Resolución 0330/2017 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, que reglamenta el diseño de redes de alcantarillado y agua potable, al diseño de proyectos.
“Nosotros hemos trabajado bajo varias normas durante los últimos tiempos, la idea de esta socialización es dar a conocer la forma en que calcularemos los proyectos de alcantarillado que administra EMPAS cumpliendo con esta Resolución, una vez se publique la Guía como documento del Sistema Integrado de Gestión y Control de la empresa -SIGC- y de manera obligatoria empieza a regir a partir del 1 de enero de 2020, ¿eso qué quiere decir?, que los diseños que ya están hechos y se ejecuten durante 2019 no tendrán que hacer cambio o modificación alguna. Sin embargo, los diseños que no se hayan empezado a construir el 1 de enero de 2020 tendrán que re hacerse, es decir, adaptarse al nuevo reglamento” dijo la ingeniera, Gladys Rueda, Funcionaria EMPAS.
Esta es la nueva reglamentación
La Resolución 0330 de 2017 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio “Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS y se derogan las resoluciones 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005, 1447 de 2005 y 2320 de 2009”.
La Resolución reglamenta los requisitos técnicos que se deben cumplir en las etapas de diseño construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura relacionada con los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
La Resolución aplica a los prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, a las entidades formuladoras de proyectos de inversión en el sector, a los entes de vigilancia y control, a las entidades territoriales y las demás con funciones en el sector de agua potable y saneamiento básico, en el marco de la Ley 142 de 1994. Así como a los diseñadores, constructores, interventores, operadores, entidades o personas contratantes que elaboren o adelanten diseños, ejecución de obras, operen y mantengan obras, instalaciones o sistemas propios del sector de agua y saneamiento básico.
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